En el decreto de convivencia de Castilla la Mancha se basa en el modelo relacional o integrado ya que al existir algun incumplimiento de las normas estableciadas por el centro escolar, el profesor intenta corregir esa mala conducta siendo el mediador, por el cual emprendera un dialogo con ambas partes para resolver el problema de forma adecuada. En esta resolución de problemas pueden participar tanto profesores como alumnos e incluso padres-tutores.
En cuanto al decreto de convivencia de Madrid es más estricto, se aplica el modelo punitivo, donde se rige por unas normas de convivencia que han de ser cumplidas por el alumnado y en ningun caso pueden ser modificadas. El incumplimiento de las normas establecidas por los centros requiere una sanción en la cual según la gravedad de ésta tendrá un castigo u otro. Las obligaciones de los alumnos estan claramente presentes como son la asistencia a clase, el respeto por el profesor y por el material con el que se trabaja, etc; en cambio los profesores no tienen unas claras normas establecidas a las que deben ceñirse para mejorar el clima del aula.
En mi opinión, creo que las dos en cierta medida estan bien planteadas dependiendo del contexto, es decir, en la de Castilla la Mancha, si la conducta del alumno no es repetitiva y se puede solventar de manera inmediata porque no se considera grave puede utilizarse un dialogo con ella para que comprenda y no realice de nuevo esa conducta.
En cambio si se realiza una conducta grave y se salta las normas continuamente se debe emplear una sanción, así el alumno tiene claro que debe realizar o no.
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